Caso práctico · 10 de septiembre de 2026
Conciliación contenciosa Ley 2277/2022 Art. 94: cuándo y cómo acogerse
Sociedad con litigio activo en tribunal contencioso administrativo
La pregunta del cliente
Mi cliente tiene una demanda activa contra la DIAN por una liquidación oficial de $200M (impuesto + sanción + intereses) por una glosa de IVA en 2023. ¿Le conviene acogerse a la conciliación contenciosa Art. 94 Ley 2277/2022?
Hechos relevantes
- Sociedad con liquidación oficial de revisión por glosa de IVA AG 2023.
- Total liquidado: $200.000.000 ($120M impuesto + $60M sanción + $20M intereses).
- Demanda de nulidad y restablecimiento del derecho admitida en tribunal.
- Estado del proceso: probatoria (no fallado).
- Probabilidades estimadas de éxito en juicio: 30%-40% (caso complejo).
- Costos legales esperados: $40-60M adicionales si el juicio sigue.
Análisis
Cálculos aplicados
Pago conciliado (80% impuesto)
$120.000.000 × 80%
→ $96.000.000
Sanción + intereses exonerados
$60.000.000 + $20.000.000
→ $80.000.000 ahorro
Ahorro total vs liquidación oficial
$200.000.000 - $96.000.000
→ $104.000.000
Valor esperado sin conciliar (40% éxito, costos $30M)
0.4 × (-$30M) + 0.6 × ($250M)
→ $138.000.000 (gasto esperado)
Ahorro esperado por conciliar
$138.000.000 - $96.000.000
→ $42.000.000
Respuesta
**Sí, conciliar es financieramente correcto**. Acogiéndose al Art. 94 Ley 2277/2022 (etapa primera instancia tribunal admin): paga 80% del impuesto = $96M y se exoneran sanción ($60M) e intereses ($20M). **Ahorro inmediato vs liquidación oficial: $104M**. Comparado con el valor esperado de seguir litigando (probabilidad 40% éxito × -$30M + 60% fracaso × $250M = **+$138M esperados**), conciliar ahorra **~$42M esperados** y elimina incertidumbre. Recomienda salvo: (i) probabilidades de éxito > 70%, (ii) caso sienta jurisprudencia estratégica, (iii) restricción de flujo. Crítico verificar VIGENCIA de la ley transitoria — Ley 2277 venció 30 jun 2023; si no hay prórroga vigente vía Ley 2294 o decreto posterior, esta ruta no aplica. Procedimiento: solicitud al Comité de Conciliación DIAN + acuerdo formal + pago en 30-60 días + desistimiento.
Riesgos si se ejecuta mal
- Acordar conciliación y NO pagar en plazo: se reactiva el proceso con la liquidación original.
- Concilar parcialmente sin incluir todos los conceptos: el proceso sigue por los no conciliados.
- Asumir que la conciliación está vigente sin verificar prórroga: las leyes transitorias tienen plazo y caducan.
- Confundir conciliación contenciosa (litigio en curso) con terminación por mutuo acuerdo (vía administrativa antes de la demanda).
Discutir el caso
Lleva este escenario al asistente para ajustar cifras, hechos o supuestos.