Caso práctico · 31 de diciembre de 2026
Pequeña manufactura en Quibdó: requisitos de empleo del ZESE para jurisdicción del Chocó
SAS recién constituida en Quibdó dedicada a la transformación de productos forestales no maderables, busca acogerse al ZESE pero solo proyecta 12 empleados directos
La pregunta del cliente
Mi cliente constituyó una SAS en Quibdó en febrero 2026 para producir productos derivados de fibras vegetales. Tiene 12 empleados directos contratados al cierre del primer año. Quibdó es jurisdicción ZESE original. ¿Cumple el requisito de empleo o necesita más empleados, y cómo afecta esto la tarifa cero?
Hechos relevantes
- Año gravable 2026; UVT $52.374.
- SAS constituida e inscrita en cámara de comercio el 15 de febrero de 2026.
- Domicilio principal: Quibdó, Chocó (jurisdicción ZESE original).
- Actividad económica: transformación de productos forestales no maderables (fibras vegetales).
- Inversión inicial: $320.000.000.
- Empleados directos contratados al cierre 2026: 12 (con contrato laboral formal indefinido).
- Renta líquida proyectada año 1: $80.000.000.
- El reglamento del ZESE (Decreto 2112 de 2019 y modificaciones) fija umbrales de empleo distintos por jurisdicción y tamaño de empresa.
Análisis
Cálculos aplicados
Beneficio anual frente a tarifa general 35%
$80.000.000 × 35%
→ $28.000.000
Tarifa ZESE año 1
$80.000.000 × 0%
→ $0
Respuesta
Quibdó es jurisdicción ZESE original (Art. 268 Ley 1955 de 2019). El cliente con 12 empleados directos está dentro del rango típico que el Decreto 2112 de 2019 fija para empresas pequeñas en esa jurisdicción, pero **debe verificarse el umbral exacto vigente** porque las modificaciones reglamentarias pueden haberlo ajustado. Si cumple, la tarifa de renta es **cero** en los primeros cinco años (2026-2030): impuesto a cargo $0, beneficio $28.000.000 anuales sobre los $80M de renta líquida proyectada. Inscripción ante la DIAN obligatoria; reducir empleo o cambiar actividad pierde el beneficio retroactivamente.
Riesgos si se ejecuta mal
- Asumir que el umbral de empleo de Cúcuta aplica también a Quibdó es error — el Decreto 2112 de 2019 diferencia por jurisdicción.
- Aplicar la tarifa cero sin acreditar formalmente la inscripción al ZESE genera glosa por todo el impuesto que se dejó de pagar más sanción del Art. 648 ET.
- Reducir el empleo directo por debajo del umbral en cualquier año pierde el beneficio retroactivamente; conviene mantener documentación de la nómina mensual.
Discutir el caso
Lleva este escenario al asistente para ajustar cifras, hechos o supuestos.