Contexto Editorial
Texto normativo revisado y enlazado
Esta página presenta el texto del Estatuto Tributario con historial de reformas, concordancias, referencias entre artículos y saltos directos a doctrina relacionada para resolver consultas con más contexto.
Estado normativo
El artículo se mantiene disponible con contexto histórico y texto derogado para comparación.
Última reforma detectada
Última modificación asociada identificada en 2012.
Cobertura conectada
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Contenido vigente
Quedan excluidos del impuesto sobre las ventas los siguientes bienes:
1. Derogado Ley 788 de 2002 Art. 118.
2. Derogado Ley 488 de 1998 Art. 154.
3. Derogado Ley 488 de 1998 Art. 154.
4. Los equipos y elementos nacionales o importados que se destinen a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo, necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes, para lo cual deberá acreditarse tal condición ante el Ministerio del Medio Ambiente.
5. Derogado Ley 788 de 2002 Art. 118.
6. Derogado Ley 488 de 1998 Art. 154.
Resaltados y anotaciones
0 resaltadosSeleccione cualquier fragmento del contenido vigente y guarde su anotación.
Timeline de modificaciones (2)
Leyes modificatorias identificadas
Vigencias y períodos
3 períodos · último cambio en 2012
1989-03-30 → 1995
Decreto 624 de 1989 — origen del Estatuto Tributario
Ver texto del período
1. Derogado Ley 788 de 2002 Art. 118.
1995 → 2012
Modificación por Ley 223 de 1995
Ver texto del período
Quedan excluidos del impuesto sobre las ventas los siguientes bienes:
2012 → vigente
Derogación por Ley 1607 de 2012, art. 198
Leyes modificatorias: Ley 1607 de 2012 · Ley 223 de 1995
Texto original vs texto vigente
Versiones anteriores (7)
Quedan excluidos del impuesto sobre las ventas los siguientes bienes:
1. Derogado Ley 788 de 2002 Art. 118.
2. Derogado Ley 488 de 1998 Art. 154.
3. Derogado Ley 488 de 1998 Art. 154.
4. Los equipos y elementos nacionales o importados que se destinen a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo, necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes, para lo cual deberá acreditarse tal condición ante el Ministerio del Medio Ambiente.
5. Derogado Ley 788 de 2002 Art. 118.
6. Derogado Ley 488 de 1998 Art. 154.
Concordancias
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