Caso práctico · 30 de abril de 2026
Renta presuntiva 0% desde AG 2020 — transición y tratamiento de saldos a favor
Sociedad con saldo a favor por exceso de renta presuntiva pagada en años anteriores
La pregunta del cliente
Mi cliente pagó renta presuntiva al 3.5% en AG 2018-2019 y ahora la tarifa es 0%. ¿Puede compensar esos pagos? ¿Hay algún beneficio retroactivo?
Hechos relevantes
- SAS régimen ordinario.
- AG 2018: pagó renta presuntiva $20M (calculada al 3.5% sobre patrimonio).
- AG 2019: pagó renta presuntiva $15M (al 1.5%).
- AG 2020 en adelante: tarifa 0%.
- Sin saldos a favor formalmente solicitados todavía.
- Operación rentable cada año (renta efectiva > presuntiva).
Análisis
Cálculos aplicados
Renta presuntiva 2018 (3.5%)
Patrimonio AG 2017 × 3.5%
→ Base que generó $20M de impuesto
Renta presuntiva 2026
Patrimonio × 0%
→ $0 (desde AG 2020)
Compensación del exceso (Art. 188 par. inciso final)
Exceso renta presuntiva sobre líquida × 5 años
→ Disponible si no se aprovechó
Tasa mínima 15% (reemplazo Ley 2277)
Sobre utilidad CONTABLE, no patrimonio
→ Concepto distinto a presuntiva
Respuesta
**No hay beneficio retroactivo** — la Ley 2010/2019 NO devuelve los pagos de renta presuntiva de AG 2018-2019. Las tarifas pasadas (3.5% en 2018, 1.5% en 2019) siguen siendo válidas para esos años. **Lo que SÍ puede hacer**: aprovechar la **compensación del exceso de renta presuntiva** (Art. 188 par. inciso final) — el monto en que la presuntiva excedió a la líquida ordinaria de cada año puede compensarse contra rentas líquidas ordinarias de los **5 años siguientes**. Verificar si la sociedad aprovechó esto en declaraciones de AG 2019-2023; si no, puede corregir las declaraciones que estén dentro del plazo de firmeza (3 años post-presentación oportuna). **Distinguir** de la **tasa mínima 15% Ley 2277/2022** (Art. 240 par. 6): se calcula sobre utilidad CONTABLE, no patrimonio — concepto distinto y vigente desde AG 2023.
Riesgos si se ejecuta mal
- Pedir devolución de pagos de renta presuntiva pasada: la ley no es retroactiva, sería rechazado.
- No aprovechar compensación Art. 188 par. del exceso 2018: se pierde el beneficio del 5 años.
- Confundir renta presuntiva con tasa mínima 15%: bases distintas (patrimonio vs utilidad contable).
- Olvidar diligenciar el cómputo en declaración: aunque sea $0, el formato debe reflejar el cálculo.
Discutir el caso
Lleva este escenario al asistente para ajustar cifras, hechos o supuestos.