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Caso práctico · 31 de octubre de 2026

Sociedad SIMPLE que supera 100.000 UVT en 2026: cómo opera la salida obligatoria al régimen ordinario al año siguiente

SAS comerciante de productos electrónicos inscrita al SIMPLE Grupo 2 desde 2024 que crece y proyecta cerrar 2026 superando el tope de ingresos del régimen

La pregunta del cliente

Mi cliente está en SIMPLE Grupo 2 desde 2024. Para octubre 2026 acumula $4.950.000.000 en ingresos brutos, y proyecta cerrar el año en aproximadamente $5.450.000.000 — supera el tope de 100.000 UVT del Art. 905 ET. ¿Cuándo y cómo sale del SIMPLE, qué pasa con 2026 (el año en que se supera el tope) y qué obligaciones nuevas asume desde 2027?

Hechos relevantes

  • Año gravable 2026; UVT $52.374.
  • Tope SIMPLE: 100.000 UVT × $52.374 = $5.237.400.000.
  • Sociedad inscrita al SIMPLE Grupo 2 desde el 1 de enero de 2024.
  • Ingresos brutos enero-octubre 2026: $4.950.000.000.
  • Proyección de cierre 2026: $5.450.000.000 (excede el tope en aproximadamente $213.000.000).
  • Actividad económica: comercio al por mayor de productos electrónicos.
  • El cliente aplica las tarifas del Grupo 2 del Art. 908 ET vigente.

Análisis

El régimen SIMPLE tiene como condición permanente que los ingresos brutos del año gravable no superen los 100.000 UVT (Art. 905 ET). El efecto de superar el tope durante un año en curso opera **al año siguiente** — el año en que se supera el tope se completa bajo el régimen SIMPLE, pero a partir del 1 de enero del año siguiente la sociedad pasa obligatoriamente al régimen ordinario. Aplicado al caso: - 2026: el cliente cierra el año en SIMPLE. Liquida el impuesto unificado SIMPLE consolidado bajo las tarifas del Grupo 2 (Art. 908 ET) sobre los $5.450.000.000 totales del año. La superación del tope no descalifica retroactivamente las operaciones del año. - 2027 en adelante: la sociedad pasa al régimen ordinario del impuesto sobre la renta. Aplica el Art. 240 ET (tarifa 35% sobre renta líquida), debe declarar IVA bimestralmente si está en los topes correspondientes, debe practicar todas las retenciones en la fuente que aplican a contribuyentes ordinarios, y debe reactivar las obligaciones de facturación electrónica completas con todos los requisitos. **Obligaciones nuevas desde 2027.** - Declaración de renta anual del régimen ordinario en formulario 110. - Declaración de IVA bimestral (porque los ingresos del año anterior superaron el tope para periodicidad cuatrimestral). - Retención en la fuente al pagar a proveedores: ahora actúa como agente retenedor pleno (no solo sobre pagos laborales). - Información exógena anual completa (formatos 1003, 1005, 1011, etc.). - Auto-retención especial si la actividad económica está en el listado del Decreto 2201 de 2016. **Actualización del RUT.** Implica modificar las responsabilidades en el RUT — quitar la 49 (no responsable IVA si la tenía bajo SIMPLE) o ajustar su calificación, y agregar la 47 (responsable IVA) y la 14 (declarante de renta del régimen ordinario). Esta actualización debe hacerse antes del 31 de enero de 2027 según calendario DIAN. **Decisión estratégica para 2027.** Una vez en régimen ordinario, la sociedad puede: - Continuar en régimen ordinario indefinidamente. - Si en el futuro vuelve a estar bajo el tope (por ejemplo si reorganiza operaciones), puede solicitar nueva inscripción al SIMPLE en enero del año siguiente al que cumpla los requisitos. No hay impedimento para que vuelva al SIMPLE más adelante; solo debe cumplir el tope al inicio del año en que se acoja.

Cálculos aplicados

  1. Tope SIMPLE 100.000 UVT 2026 (Art. 905 ET)

    100.000 × $52.374

    $5.237.400.000

  2. Excedente proyectado del cierre 2026

    $5.450.000.000 − $5.237.400.000

    $212.600.000

Respuesta

El año 2026 se completa en SIMPLE — superar el tope durante el año NO descalifica las operaciones. El cliente liquida el SIMPLE Grupo 2 sobre los $5.450.000.000 totales de 2026 con las tarifas del Art. 908 ET. **Desde el 1 de enero de 2027 pasa obligatoriamente al régimen ordinario** del Art. 240 ET (tarifa 35%): declaración de renta anual en formulario 110, IVA bimestral, retención en la fuente plena, exógena anual completa, autorretención especial si aplica al sector. Debe actualizar el RUT antes del 31 de enero de 2027. Si en el futuro vuelve a estar bajo el tope, puede solicitar nueva inscripción al SIMPLE en enero del año correspondiente.

Riesgos si se ejecuta mal

  • Pretender salir del SIMPLE en el año en que se supera el tope genera doble tributación: SIMPLE consolidado más renta ordinaria sobre las mismas operaciones.
  • No actualizar el RUT antes del 31 de enero de 2027 expone a la sociedad a sanción por extemporaneidad en la actualización del registro y a presunción de continuidad en SIMPLE indebido.
  • Olvidar las nuevas obligaciones formales (exógena, retención plena, IVA bimestral) en el primer año del régimen ordinario genera múltiples sanciones encadenadas.

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