Caso práctico · 18 de septiembre de 2026
Agente retenedor que presenta declaración mensual extemporánea con impuesto a cargo: sanción del Art. 641 inciso 1 + intereses
Sociedad agente retenedor que presenta la declaración mensual de retención con dos meses de retraso y debe liquidar la sanción de extemporaneidad cuando hay impuesto a cargo
La pregunta del cliente
Mi cliente debía presentar la declaración de retención del mes de junio 2026 el 15 de julio. La presentó el 18 de septiembre — dos meses y tres días tarde, con $36.000.000 en retenciones del mes. ¿Cómo se calcula la sanción del Art. 641 ET inciso 1 y qué intereses corren?
Hechos relevantes
- Año gravable 2026; UVT $52.374.
- Cliente: sociedad colombiana agente retenedor del impuesto sobre la renta.
- Periodo: retenciones del mes de junio 2026.
- Plazo legal de presentación y pago: 15 de julio de 2026 según calendario DIAN.
- Presentación efectiva: 18 de septiembre de 2026.
- Retraso: 2 meses y 3 días → conteo Art. 641 ET = 3 meses-fracción de mes.
- Total retenciones del mes (impuesto a cargo): $36.000.000.
- El cliente NO había sido emplazado para declarar antes de presentar.
Análisis
Cálculos aplicados
Sanción extemporaneidad (Art. 641 ET inciso 1)
5% × $36.000.000 × 3 meses-fracción
→ $5.400.000
Tope de la sanción (100% del impuesto)
100% × $36.000.000
→ $36.000.000 (no se alcanza)
Intereses moratorios aproximados (Art. 635 ET, tasa 25% ilustrativa, 65 días)
$36.000.000 × (25%/365) × 65
→ ~$1.591.000
Total a pagar
$36.000.000 + $5.400.000 + $1.591.000
→ ~$42.991.000
Respuesta
Sanción de extemporaneidad del Art. 641 ET inciso 1: **5% × $36.000.000 × 3 meses-fracción = $5.400.000** (muy por debajo del tope del 100% y muy por encima del piso de 10 UVT). Intereses moratorios del Art. 635 ET sobre los $36M por ~65 días con tasa moratoria del Art. 635 ET (tasa de usura − 2pp): aproximadamente **$1.591.000** (cifra ilustrativa, debe calcularse con la tasa certificada por la Superfinanciera para el periodo). **Total a pagar**: $36M (retenciones) + $5.4M (sanción) + ~$1.59M (intereses) = ~$42.99M. Verificar reducciones posibles del Art. 640 ET por buen comportamiento.
Riesgos si se ejecuta mal
- Calcular la sanción al 0,5% (régimen sin impuesto a cargo) en lugar del 5% (con impuesto a cargo) subdeclara la sanción 10 veces — la DIAN ajusta y sanciona la diferencia.
- Olvidar liquidar los intereses moratorios del Art. 635 ET deja la obligación incompleta; la DIAN cobra los intereses faltantes con liquidación de aforo.
- No verificar las reducciones del Art. 640 ET cuando se cumplen las condiciones desperdicia rebajas que pueden ser del 50% o 75% sobre la sanción.
Discutir el caso
Lleva este escenario al asistente para ajustar cifras, hechos o supuestos.