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Caso práctico · 15 de agosto de 2026

Plan especial de pago Art. 814 ET — facilidad para deudas tributarias

Sociedad con deuda tributaria significativa sin liquidez para pagar

La pregunta del cliente

Mi cliente debe $400M de impuestos a la DIAN (capital + sanción + intereses). No tiene liquidez. ¿Puede solicitar plan de pagos? ¿Cuál es el plazo y costo?

Hechos relevantes

  • Sociedad SAS con deuda tributaria total: $400.000.000.
  • Composición: $200M capital + $120M sanción + $80M intereses.
  • Sin liquidez para pago inmediato.
  • Sin litigio activo (deuda en firme).
  • Tiene activos productivos (equipos, inventario) susceptibles de garantía.

Análisis

El **Art. 814 ET** permite a la DIAN otorgar **facilidades de pago** (planes especiales) para deudas tributarias en firme. Es una herramienta de gestión que evita el cobro coactivo cuando el contribuyente tiene voluntad de pago pero no liquidez. **Modalidades**: **1. Plan con garantía (Art. 814 común)**: - **Plazo**: hasta 5 años (60 cuotas mensuales). - **Garantía obligatoria**: bancaria, prendaria, hipotecaria o personal solidaria. Valor garantía ≥ 100% deuda. - **Tasa**: tasa moratoria DIAN (~26-28% efectiva anual). - **Cuota mínima**: el monto debe permitir cubrir al menos los intereses corrientes. **2. Plan sin garantía (Art. 814-2)**: - **Plazo**: hasta 12 meses. - **Sin garantía**. - **Disponible solo**: para PN o PJ con deuda ≤ X UVT (umbral varía por reforma). - **Tasa**: igual moratoria. **Aplicación al caso**: Deuda $400M → modalidad con garantía es la viable. **Cálculo de cuota mensual ilustrativo**: Plazo 36 meses (3 años) para optimizar costo: - Capital: $400M - Tasa anual: 28% efectiva = ~2.07% mensual - Cuota mensual fija: $400M × [r(1+r)^n / ((1+r)^n - 1)] - = $400M × [0.0207 × 1.0207^36 / (1.0207^36 - 1)] - = $400M × 0.0421 - ≈ **$16.840.000 mensuales** Total pagado: $16.840.000 × 36 = **$606.240.000** **Costo financiero del plan**: $606M - $400M = **$206M en intereses** durante los 3 años. **Comparación con alternativas**: | Modalidad | Costo financiero (3 años) | Riesgo | |-----------|---------------------------|--------| | Plan DIAN 28% | $206M | Garantía + cumplimiento estricto | | Préstamo bancario corporativo (24%) | $176M | Aprobación crédito + garantía | | Préstamo socios (sin interés) | $0 | Ingreso presunto Art. 35 + dividendos disfrazados | | Capitalización socios | $0 | Reduce deuda con socios pero no DIAN | Si puede tomar préstamo bancario al 24%, ahorra $30M vs plan DIAN. **Procedimiento de solicitud**: 1. **Solicitud por escrito** ante la división de cobranzas DIAN. 2. **Documentos**: estados financieros, flujo de caja proyectado, propuesta de garantía. 3. **Evaluación DIAN**: 30-60 días. 4. **Acuerdo**: si aprueba, se firma el plan formal. 5. **Constitución de garantía**: registro de hipoteca, póliza, etc. 6. **Pago primera cuota**: dentro de 30 días. **Beneficios del plan**: 1. **Suspende el cobro coactivo**: la DIAN no embarga ni remata bienes durante el plan. 2. **Mantiene la operación**: el contribuyente puede seguir operando. 3. **Predictibilidad**: cuota fija mensual. 4. **Posibilidad de prepago**: sin penalización por prepago. **Riesgos del plan**: 1. **Incumplimiento**: si se incumple una cuota, el plan se cancela y se acelera todo el saldo + intereses adicionales. 2. **Garantía ejecutable**: si el plan se cancela, la DIAN ejecuta la garantía (subasta de bienes, cobro a la aseguradora). 3. **Reportes financieros**: la deuda con DIAN aparece como pasivo en el balance de la sociedad. Puede afectar relaciones con bancos, proveedores, clientes (debido diligence). 4. **Tasa fija de la deuda original**: la tasa es la moratoria del momento de inicio. Si la tasa de usura baja durante el plan, NO se renegocia. 5. **Acumulación de nuevos pasivos**: el plan cubre solo la deuda existente. Si la sociedad genera nueva deuda tributaria durante el plan, es problema separado y puede llevar a cancelación. **Cuándo NO conviene plan DIAN**: - Si hay opción de financiamiento bancario más barato. - Si la deuda está en discusión (mejor demandar y conciliar Art. 94/95 Ley 2277). - Si la sociedad puede vender activos no productivos para pagar. **Cuándo SÍ conviene**: - Liquidez genuinamente restringida. - Sin acceso a crédito bancario. - Necesidad de conservar activos productivos. - Voluntad real de pago.

Cálculos aplicados

  1. Cuota mensual a 36 meses (28% anual)

    $400M × 0.0421

    $16.840.000

  2. Total pagado al final del plan

    $16.840.000 × 36 cuotas

    $606.240.000

  3. Costo financiero (intereses)

    $606.240.000 - $400.000.000

    $206.240.000

  4. Comparación préstamo bancario 24%

    Total $576M vs $606M plan DIAN

    Ahorra $30M con préstamo

Respuesta

**Sí puede solicitar plan de pagos** (Art. 814 ET) con DIAN. Plazo máximo: **5 años**, requiere garantía (bancaria, hipotecaria, prendaria). Tasa: moratoria DIAN (~28% anual). Para $400M a 36 meses: cuota ~$16.84M/mes, total $606M (incluye $206M de intereses). **Comparación con alternativas**: préstamo bancario corporativo al 24% ahorra ~$30M. **Procedimiento**: solicitud + estados financieros + propuesta garantía → DIAN evalúa 30-60 días → acuerdo formal + constitución garantía. **Beneficios**: suspende cobro coactivo, predictibilidad, prepago sin penalización. **Riesgos**: incumplimiento cancela plan + acelera saldo; garantía ejecutable; impacto en debido diligence con bancos. **NO conviene** si hay opción bancaria más barata o si la deuda está en discusión (mejor Art. 94/95 Ley 2277). **SÍ conviene** con liquidez restringida + sin acceso crédito + voluntad real de pago.

Riesgos si se ejecuta mal

  • Incumplir una cuota: plan cancelado + saldo acelerado + ejecución garantía.
  • Generar nueva deuda durante el plan: causal de cancelación.
  • No comparar con financiamiento bancario: plan DIAN puede ser más caro.
  • Confundir Art. 814 (plan facilidad) con Art. 95 Ley 2277 (mutuo acuerdo): finalidades distintas.

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