Caso práctico · 12 de julio de 2026
Régimen Megainversiones Art. 235-3 ET: tarifa 27%, depreciación 2 años y NO retención sobre dividendos
Inversionista que evalúa si calificar una nueva inversión bajo el régimen Megainversiones
La pregunta del cliente
Mi cliente va a invertir USD 80M (≈ $320.000M) en una planta agroindustrial nueva en Antioquia, generando 200 empleos directos. ¿Califica para el régimen Megainversiones del Art. 235-3 ET? ¿Qué beneficios obtiene comparado con el régimen ordinario?
Hechos relevantes
- Nueva inversión en Colombia (sin operación previa).
- Monto total a invertir: USD 80.000.000 (≈ $320.000M al TRM).
- Sector: agroindustria (procesamiento de alimentos).
- Localización: Antioquia (zona rural).
- Empleos directos a generar: 200.
- Plazo de la inversión: 4 años (2026-2030).
- Estructura: SAS colombiana 100% propiedad de inversionista extranjero.
- Ingresos proyectados año 5: $250.000M.
- Plan de inversión presentado al MinCIT antes de iniciar.
Análisis
Cálculos aplicados
Conversión inversión a UVT
$320.000.000.000 ÷ $52.374 (UVT 2026)
→ 6.110.728 UVT
Umbral mínimo Megainversiones
30.000.000 UVT
→ 30M UVT requeridos
Gap de monto
30M UVT requeridos vs 6.1M UVT del cliente
→ Falta 23.9M UVT (≈ $1.250.000M adicionales)
Gap de empleos
400 requeridos vs 200 ofrecidos
→ Falta 200 empleos (50% más)
Respuesta
**No califica** para Megainversiones por dos razones de fondo: (1) la inversión de $320.000M (≈ 6.1M UVT) está muy por debajo del **umbral mínimo de 30M UVT** del Art. 235-3 ET, y (2) los **200 empleos** son la mitad de los **400 mínimos** requeridos. Los beneficios del régimen (tarifa 27%, depreciación 2 años, no retención dividendos, estabilidad 20 años) son atractivos pero los umbrales son altos por diseño — el régimen apunta a inversiones de USD 1.6B+. Para este perfil, recomiendo evaluar: **renta exenta agroindustria del Art. 235-2 num 2 ET** (10 años, sin umbral monetario tan alto), **descuento empleo joven Art. 108-5 ET** (25% salarios año 1), y **ZOMAC** si la zona califica. La combinación de estas tres puede igualar o superar el ahorro neto de Megainversiones para un proyecto de este tamaño.
Riesgos si se ejecuta mal
- Asumir que califica por estar en sector listado (agroindustria) sin verificar umbrales monetario y de empleos: aplicación retroactiva del régimen ordinario + sanción por inexactitud + intereses moratorios.
- Confundir el umbral del Art. 235-3 (30M UVT, megainversiones) con el del Art. 235-2 num 2 (sin umbral monetario explícito, pero con plan aprobado MinAgricultura).
- No solicitar la aprobación previa MinCIT: incluso cumpliendo umbrales, sin aprobación NO se obtiene el régimen (es constitutivo, no declarativo).
- Olvidar que la 'estabilidad' del régimen requiere firmar el contrato de estabilidad — no se obtiene automáticamente.
Discutir el caso
Lleva este escenario al asistente para ajustar cifras, hechos o supuestos.