Art. 900. División de recursos humanos.
ModificadoVI - Gravamen a los Movimientos Financieros
Contexto Editorial
Texto normativo revisado y enlazado
Esta página presenta el texto del Estatuto Tributario con historial de reformas, concordancias, referencias entre artículos y saltos directos a doctrina relacionada para resolver consultas con más contexto.
Estado normativo
Estado actual: modificado. Incluye 1 hitos de modificación registrados.
Última reforma detectada
Última modificación asociada identificada en 1991.
Cobertura conectada
0 normas relacionadas, 0 referencias cruzadas y 0 documentos de doctrina vinculados.
Contenido vigente
*Son funciones de la División de Recursos Humanos:
a) Organizar en coordinación con la Subdirección Escuela de Impuestos la preparación de pruebas para los concursos necesarios para el ingreso y promoción de funcionarios;
b) Analizar las calificaciones de servicios de los funcionarios y efectuar los trámites ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil;
c) Coordinar con la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda, la elaboración de los actos administrativos relacionados con la remuneración de los funcionarios de la Dirección General;
d) Presentar e implementar el programa de bienestar social, para los funcionarios de la Dirección General;
e) Presentar los proyectos de manuales de funciones para la Dirección General de Impuestos Nacionales;
f) Llevar el registro de las novedades de personal de los funcionarios de la Dirección General de Impuestos Nacionales;
Resaltados y anotaciones
0 resaltadosSeleccione cualquier fragmento del contenido vigente y guarde su anotación.
Timeline de modificaciones (1)
Leyes modificatorias identificadas
Texto original vs texto vigente
Versiones anteriores (7)
*Son funciones de la División de Recursos Humanos:
a) Organizar en coordinación con la Subdirección Escuela de Impuestos la preparación de pruebas para los concursos necesarios para el ingreso y promoción de funcionarios;
b) Analizar las calificaciones de servicios de los funcionarios y efectuar los trámites ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil;
c) Coordinar con la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda, la elaboración de los actos administrativos relacionados con la remuneración de los funcionarios de la Dirección General;
d) Presentar e implementar el programa de bienestar social, para los funcionarios de la Dirección General;
e) Presentar los proyectos de manuales de funciones para la Dirección General de Impuestos Nacionales;
f) Llevar el registro de las novedades de personal de los funcionarios de la Dirección General de Impuestos Nacionales;
Artículos relacionados
Art. 908
Tarifa
Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET
Art. 883
Sujetos del régimen de entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE).
Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET
Art. 910
Declaración y pago del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET
Art. 882
Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE).
Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET
Art. 892
Descuento por impuestos pagados en el exterior por la ECE.
Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET
Art. 879
Exenciones del GMF.
Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET
Art. 890
Renta liquida gravable.
Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET
Art. 871
Hecho generador del GMF.
Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET