Art. 553. Los convenios entre particulares sobre impuestos no son oponibles al fisco.
VigenteIV - Impuesto de Timbre Nacional
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Contenido vigente
Los convenios entre particulares sobre impuestos, no son oponibles al fisco.
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Vigencia
Único períodoVigente sin modificaciones desde el origen del Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989).
Concordancias
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