Art. 537. Las autoridades deberan prestar todas las garantias y apoyo a los funcionarios encargados del control.
VigenteIV - Impuesto de Timbre Nacional
Contexto Editorial
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Contenido vigente
Los Gobernadores de los Departamentos, los Intendentes, Comisarios y Alcaldes prestarán a los empleados encargados de la recaudación y fiscalización del impuesto de timbre nacional, todas las garantías y el apoyo que necesiten en el desempeño de sus funciones.
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Concordancias
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