Art. 521. Documentos privados sometidos al impuesto de timbre, cualquiera fuere su cuantía.
ModificadoIV - Impuesto de Timbre Nacional
Contexto Editorial
Texto normativo revisado y enlazado
Esta página presenta el texto del Estatuto Tributario con historial de reformas, concordancias, referencias entre artículos y saltos directos a doctrina relacionada para resolver consultas con más contexto.
Estado normativo
Estado actual: modificado. Incluye 1 hitos de modificación registrados.
Última reforma detectada
Última modificación asociada identificada en 1992.
Cobertura conectada
1 normas relacionadas, 0 referencias cruzadas y 1 documentos de doctrina vinculados.
Contenido vigente
*Los siguientes documentos están sujetos al impuesto de timbre cualquiera que fuere su cuantía y pagarán las sumas indicadas en cada caso:
a) Los cheques que deban pagarse en Colombia: 0,0003 UVT, por cada uno;
b) Los bonos nominativos y al portador: el medio por ciento (0.5%) sobre su valor nominal.
c) Los Certificados de depósito que expidan los almacenes generales de depósito: 0,03 UVT.
d) Las garantías otorgadas por los establecimientos de crédito, causan el impuesto al medio por ciento (0.5%), por una sola vez, sobre el valor de la comisión o prima, recibidos por la entidad garante.
Resaltados y anotaciones
0 resaltadosSeleccione cualquier fragmento del contenido vigente y guarde su anotación.
Timeline de modificaciones (1)
Leyes modificatorias identificadas
Normas relacionadas
Concordancias
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