Caso práctico · 30 de abril de 2026
Le notificaron requerimiento especial: plazos, respuesta y recursos disponibles
Persona jurídica que recibe por primera vez un requerimiento especial sobre la declaración de renta del año gravable 2024
La pregunta del cliente
A mi cliente la DIAN le notificó un requerimiento especial proponiendo glosa de costos por $80 millones en la declaración de renta 2024. ¿Cuál es el plazo para responder, qué documentación debe acompañar, y qué recursos posteriores tiene si la DIAN insiste?
Hechos relevantes
- Año gravable cuestionado: 2024.
- Declaración inicialmente presentada: octubre de 2025 (plazo regular para PJ).
- Glosa propuesta: rechazo de costos por $80.000.000 (servicios profesionales sin soporte completo).
- Mayor impuesto propuesto: ~$28.000.000 + sanción por inexactitud del 100% (~$28.000.000) + intereses moratorios.
- Requerimiento especial notificado por correo electrónico DIAN en 30 de abril de 2026.
- El contribuyente cuenta con copias de los pagos (transferencias) pero solo una factura electrónica de $20M; el resto fueron honorarios pagados sin documento equivalente DIAN.
- No ha presentado declaración de corrección.
Análisis
Cálculos aplicados
Sanción por inexactitud completa (Art. 647 ET)
100% × ($60.000.000 × 35%) = $21.000.000
Sanción reducida con corrección provocada (Art. 709 ET)
25% × $21.000.000 = $5.250.000
Plazo respuesta requerimiento (Art. 707 ET)
Notificación 30-abr-2026 + 3 meses = 30-jul-2026
Respuesta
Tiene **3 meses (hasta ~30-jul-2026) para responder** el requerimiento especial. Recomiendo: **(1)** defender los $20M con factura electrónica argumentando deducibilidad (Art. 107 ET); **(2)** aceptar la glosa de los $60M sin soporte mediante **corrección provocada** dentro del término. Sobre el mayor impuesto sancionable de $21M ($60M × 35%), la sanción base del 100% (Art. 648 ET) baja al 25% por corrección provocada (Art. 709 ET) — sanción reducida $5,25M, ahorro estimado **$15,75M**. Si la DIAN insiste, queda recurso de reconsideración (2 meses) y luego acción contenciosa (4 meses). La firmeza de la declaración 2024 ya no opera porque el requerimiento se notificó dentro del plazo del Art. 705 ET (Art. 714 ET).
Riesgos si se ejecuta mal
- Dejar vencer los 3 meses sin responder ni corregir → liquidación oficial queda en firme con sanción del 100%.
- Corrección extemporánea (después del término del Art. 707) sólo aplica reducciones del Art. 644 ET, mucho menores.
- Confundir requerimiento especial con auto de inspección — los plazos y efectos son distintos.
Discutir el caso
Lleva este escenario al asistente para ajustar cifras, hechos o supuestos.