Caso práctico · 31 de diciembre de 2026
Sociedad con pérdida fiscal en 2026: cómo opera el anticipo de renta del Art. 807 ET y qué cambia para 2027
Sociedad colombiana del sector turismo que tras dos años de utilidad cierra 2026 en pérdida fiscal por contracción del mercado y necesita entender el anticipo del año siguiente
La pregunta del cliente
Mi cliente declaró renta 2025 con utilidad y pagó anticipo del 75% para 2026. Pero 2026 cerró con pérdida fiscal de $42.000.000. ¿Qué pasa con el anticipo pagado, cómo se calcula el anticipo 2027 y opera alguna recuperación?
Hechos relevantes
- Año gravable: 2026.
- Sociedad colombiana, régimen ordinario, no acogida al SIMPLE.
- Renta 2025: utilidad fiscal de $80.000.000, impuesto neto de renta $28.000.000.
- Anticipo pagado en 2025 para el año gravable 2026 (75% del impuesto 2025 neto de retenciones): $21.000.000 aproximadamente, pagado en cuotas según el calendario DIAN.
- Año gravable 2026: pérdida fiscal de $42.000.000 (operación afectada por contracción del mercado turístico).
- Impuesto neto de renta 2026: $0 (la pérdida implica ausencia de impuesto a cargo).
- Retenciones que le practicaron a la sociedad durante 2026: $5.000.000.
Análisis
Cálculos aplicados
Anticipo pagado para 2026 (calculado en 2025)
75% × ($28.000.000 − retenciones promedio)
→ ~$21.000.000
Saldo a favor 2026
$0 (impuesto) − $21.000.000 (anticipo) − $5.000.000 (retenciones)
→ $26.000.000 a favor
Anticipo 2027 base impuesto neto 2026
75% × $0
→ $0
Respuesta
El anticipo de $21M pagado en 2025 para 2026 más las retenciones de $5M generan un **saldo a favor de $26.000.000** en la declaración 2026 (porque el impuesto a cargo es $0 por la pérdida). Se puede solicitar devolución directa del Art. 850 ET (50 días hábiles DIAN para resolver). El **anticipo 2027** se calcula sobre el impuesto neto 2026 que es $0 → anticipo de $0. La pérdida fiscal de $42M queda registrada y arrastrable hasta 2038 (Art. 147 ET, 12 años); la firmeza de la declaración 2026 se extiende a 5 años (no los 3 ordinarios).
Riesgos si se ejecuta mal
- Calcular el anticipo 2027 sobre el promedio de dos años en lugar del impuesto neto 2026 sube innecesariamente la base; el Art. 807 ET autoriza al contribuyente a elegir la base más baja.
- No solicitar la devolución del saldo a favor deja el dinero inmovilizado por años cuando la sociedad necesita liquidez para recuperarse de la pérdida.
- Olvidar que la firmeza se extiende a 5 años por la pérdida (Art. 147 ET) genera descuido en la conservación de soportes.
Discutir el caso
Lleva este escenario al asistente para ajustar cifras, hechos o supuestos.