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Caso práctico · 3 de febrero de 2026

Fábrica de muebles en Cúcuta: beneficio ZESE con empleo real y comparación de tarifa

Empresario de manufactura que constituyó una SAS en Cúcuta para vender muebles a hoteles

La pregunta del cliente

La SAS quiere aplicar tarifa ZESE, pero parte de la carpintería se subcontrata en Bucaramanga; pregunta cuánto riesgo hay si mantiene solo cinco empleados directos en Cúcuta.

Hechos relevantes

  • Año gravable 2025; ingresos por venta de muebles hoteleros: $1.326.000.000.
  • Costos de madera, herrajes y nómina directa en Cúcuta: $842.000.000.
  • Servicios subcontratados de lijado y pintura en Bucaramanga: $214.000.000.
  • Utilidad fiscal preliminar antes de beneficio: $270.000.000.
  • La sociedad tiene cinco empleados directos en Cúcuta y ocho contratistas recurrentes fuera de la zona.
  • El contador no tiene actas que expliquen decisiones de operación ni trazabilidad de empleo local.

Análisis

La tarifa favorable no se defiende con la dirección del RUT; se defiende con operación sustancial. En este caso, la fotografía mixta —planta en Cúcuta, subprocesos en Bucaramanga y pocos empleados directos— exige demostrar que la actividad económica principal ocurre en la zona y que el empleo local no es decorativo. **BLUF:** si no se fortalece el expediente de sustancia, la comparación contra tarifa ordinaria del Art. 240 ET debe usarse como provisión de riesgo. La utilidad fiscal preliminar de $270.000.000 produciría un impuesto ordinario de $94.500.000 con tarifa del 35%; ese número no se paga si el beneficio procede, pero sí mide contingencia. El Art. 107 ET importa porque los $214.000.000 de subcontratación deben ser necesarios y soportados; el Art. 771-2 ET exige factura idónea; y el Art. 647 ET aparece si la sociedad toma un beneficio sin cumplir condiciones materiales. Aunque el régimen ZESE nace fuera del ET, la declaración se fiscaliza con herramientas del ET: firmeza, soporte, inexactitud y comparación con tarifa general. La acción prudente es reforzar nómina local, documentar procesos ejecutados en Cúcuta, separar subcontratación auxiliar y preparar una conciliación que explique por qué el corazón de la manufactura está en la zona.

Cálculos aplicados

  1. Utilidad fiscal preliminar

    $1.326.000.000 - $842.000.000 - $214.000.000

    $270.000.000

  2. Impuesto ordinario de referencia

    $270.000.000 x 35%

    $94.500.000

  3. Subcontratación sobre costos totales

    $214.000.000 / ($842.000.000 + $214.000.000)

    20,27%

Respuesta

La SAS no debería aplicar ZESE sin reforzar el expediente de operación y empleo local. El beneficio puede ser defendible, pero el riesgo cuantificable es alto: $94.500.000 de impuesto ordinario de referencia si la DIAN desconoce la tarifa preferencial.

Riesgos si se ejecuta mal

  • Desconocimiento del beneficio por falta de sustancia territorial.
  • Sanción por inexactitud si se usa tarifa preferencial sin soporte suficiente.
  • Costos rechazados si la subcontratación no cumple factura y causalidad.

Discutir el caso

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